Estancia por Estudios

Guía práctica · Extranjería en España

Estancia por estudios en España

Qué es, quién puede solicitarla (puede tramitarse con 17 años),
documentos, pasos, tasas, trabajo durante los estudios y opciones posteriores.

Solicitud en Consulado o en España
Trabajo compatible con estudios
Prórroga y cambios posteriores

Resumen rápido

  • Autoriza a permanecer en España más de 90 días para cursar estudios reglados (y supuestos equiparados).
  • Se solicita en Consulado (visado) o en España si tu situación lo permite y estás dentro de plazo.
  • Duración: la del programa (prorrogable). Posibilidad de trabajar de forma compatible con los estudios.
  • Con 17 años también puede tramitarse: la solicitud la realizan los representantes legales y se acreditan medios/seguro del menor.
Base legal: Reglamento de Extranjería 2024 (RD 1155/2024) y hoja 1.
Revisa siempre requisitos específicos del consulado/oficina competente.


¿Quién puede solicitar la estancia por estudios?

Pueden solicitarla las personas extranjeras que deseen cursar estudios reglados o realizar actividades formativas en España por un
periodo superior a 90 días. La solicitud puede hacerse desde el país de origen o, en ciertos casos, desde España.

  • Estar admitido o matriculado en un centro educativo o formativo autorizado en España.
  • Contar con medios económicos suficientes para la estancia y el regreso.
  • Disponer de un seguro médico público o privado con cobertura total en España.
  • Tener pasaporte válido y carecer de antecedentes penales en los países de residencia de los últimos 5 años.
  • No figurar como persona no admisible en el espacio Schengen.
  • Menores de edad (17 años): pueden tramitarla a través de sus representantes legales, acreditando custodia,
    medios económicos y seguro médico que cubra al menor durante toda la estancia.
Nota: Esta autorización también es válida para programas de voluntariado, prácticas no laborales o movilidad de alumnos,
siempre que estén reconocidos oficialmente.

Documentación a aportar

La siguiente documentación es orientativa y puede variar según si la solicitud se presenta en el consulado o en España. Revisa siempre
los requisitos específicos de la sede correspondiente.

  • Formulario oficial de solicitud (visado o autorización en España), debidamente cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte completo y en vigor (vigencia recomendada de al menos un año).
  • Carta de admisión o matrícula emitida por el centro educativo o formativo.
  • Documento acreditativo de medios económicos (extractos bancarios, beca, declaración de manutención, etc.).
  • Póliza de seguro médico con cobertura integral durante la estancia.
  • Certificado de antecedentes penales y, si procede, certificado médico según el país de origen o consulado.
  • Justificante de pago de tasas administrativas.
  • En su caso, documentación de familiares acompañantes (vínculo, medios, seguro, pasaporte).
  • Traducciones juradas y apostillas cuando sean necesarias.

Consejo IntegraEX: presenta el expediente ordenado y con un índice claro; así reduces el riesgo de requerimientos.

Pasos para solicitarla

  1. Confirmar admisión y reunir documentación (incluidos requisitos consulares específicos).
  2. Vía Consulado: presentar visado; una vez concedido, entrar en España dentro del plazo.
  3. Vía en España: si tu situación lo permite, presentar antes de que caduque tu estancia previa.
  4. TIE: toma de huellas y expedición de tarjeta tras la concesión/entrada.
  5. Prórroga: si continúas estudios, solicita en plazo acreditando continuidad, aprovechamiento, medios y seguro.
¿Quieres que lo preparemos contigo?

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¿Puedo trabajar con estancia por estudios?

Sí. La normativa vigente permite actividad laboral o profesional compatible con los estudios (límites de compatibilidad, alta en Seguridad Social, etc.).
Para evitar requerimientos, ajusta horarios y guarda evidencias de rendimiento académico.

Familia acompañante

Cónyuge/pareja e hijos pueden acompañarte en los términos previstos, acreditando medios y seguro ampliados.
La autorización de tus familiares queda vinculada a la tuya.

Tras los estudios

  • Prórroga si sigues estudiando y mantienes requisitos.
  • Modificación a residencia y trabajo si cumples condiciones.
  • Vías de búsqueda de empleo o emprendimiento según figura aplicable.

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Acompañamiento legal y práctico durante todo el proceso.

Preguntas frecuentes

¿Debo pedir visado o puedo solicitar desde España?

Fuera de España, normalmente se tramita visado en el consulado. En España, puede solicitarse si tu situación lo permite y estás dentro de plazo.

¿Puede tramitarse con 17 años?

Sí, en el caso de los estudios superiores y tras haber sido admitido por una institución o un centro de enseñanza superior reconocido para cursar un programa de estudios a tiempo completo que conduzca a la obtención de un título de educación superior reconocido. Será tramitada por sus padres, tutores o representante debidamente acreditado, personalmente»

¿Puedo trabajar mientras estudio?

Sí, en términos de compatibilidad con los estudios, cumpliendo los requisitos de la normativa y Seguridad Social.

¿Cuánto tardan?

Depende de la sede consular u oficina. Presenta con antelación y siguiendo sus instrucciones específicas para evitar requerimientos.